DGT Barcelona
- DIRECCIÓN: Gran Vía de las Cortes Catalanas, 184
- Teléfono: 932 986 500 / Información general: 060
- Fax: 934 228 843
- Código Postal: 08071
Cronograma:
Lunes, martes, miércoles y viernes: de 8:30 a 14:30 h.
Jueves: de 8.30 a 14.30 horas y de 15.30 a 17.30 horas.
Excepto en los siguientes periodos:
– Semana Santa: de 8:30 am a 2:30 pm
– Verano (del 16 de junio al 1 de octubre): de 08:30 a 14:30 horas.
– Navidad (desde el primer día hábil posterior a Nochebuena hasta el último día hábil anterior a Reyes): de 8:30 a 14:00 horas.
Esta oficina no abrirá sus oficinas los días 24 y 31 de diciembre.
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Puede solicitarla en www.dgt.es oa través del 060, pulse Aquí si desia pedir cita previa por internet.
Métodos de pago
1. Estafa tarjeta de crédito o de débito en la casa matriz.
2. A través Internet con tarjeta o con cargo a cuenta, accediendo a la Sede de electrónica / Pago electrónico de tasas, con DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.
3. Por autoliquidación del modelo 791 que se puede descargar en dgt.es (o recogerlo en la jefatura), realizar el pago en un banco y finalizar el trámite en la jefatura.
No se realizarán pruebas de manejo en las siguientes fechas (2021):
Barcelona: Del 1 al 6 de enero, 1, 2 y 5 de abril, 24 de mayo, 24 y 25 de junio, del 2 al 27 de agosto, 24 de septiembre, 11 y 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 7, 8 y del 24 al 31 de diciembre.
Sabadell: Del 1 al 6 de enero, 1, 2 y 5 de abril, 24 de mayo, 24 y 25 de junio, del 2 al 27 de agosto, 24 de septiembre, 11 y 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 7, 8 y del 24 al 31 de diciembre.
¿Qué hay en la DGT?
La DGT es un organismo autónomo, creado en 1959 por la Ley 47/59, del 30 de julio, que está adscrito al Ministerio del Interior, y que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía de gestión y plena capacidad jurídica y acción administrativa.
La Dirección General de Tráfico es comúnmente conocida como DGT. Es un organismo autónomo adscrito al gobierno español que depende del Ministerio del Interior de España para su funcionamiento.
do finalidad es el «desarrollo de acciones tendientes a la mejora del comportamiento y formación de los usuarios de las vías, y de la seguridad y fluidez de la circulación de vehículos y la prestación al ciudadano de todos los servicios administrativos relacionados con la misma».
En la DGT se orden desde la organización de pruebas de conducción, desde el cobro de sanciones, desde la expedición de permisos y documentación de vehículos, desde campañas de sensibilización, desde la ayuda a las víctimas de accidentes, desde el desarrollo de acciones pertinentes para la mejora de la formación y el comportamiento de los usuarios de la vía, seguridad y fluidez del tráfico de vehículos, prestación de todos los servicios administrativos relacionados con el tráfico de vehículos, control y vigilancia del tráfico…
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Gestiona tus multas de Tráfico
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Circulación y usos de la vía
Movilidad
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Radares que hay en España
Etiquetas, stickers y ambientes distintivos
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DGT de la provincia
noticias
Misión de la DGT
Áreas de actuación de la Dirección General del Tráfico
Tareas fundamentales de la DGT
Funciones de la DGT
Estructura de la DGT
Todo sobre la DGT, la información más completa que hay sobre la DGT
Trámites con la DGT Barcelona
Trámites sobre vehículos
Realizar trámites relacionados con sus vehículos: Matriculación, transferencias o avisos de venta, mejoras, bajas y rehabilitaciones. También puede obtener duplicado de la documentación, consultar el distintivo ambiental o informes de un vehículo, gestionar cambios en el domicilio fiscal del vehículo o comunicar un conductor habitual para su vehículo.
Para los ciudadanos:
Para empresas y otras administraciones:
Multado por Tráfico
Son las sanciones de tráfico que haya hecho una autoridad competente en materia de tráfico por incurrir en faltas a la seguridad vial.
Es importante recordar que los organismos que tienen competencia en esta materia son: La Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos y Comunidades Autónomas; Cataluña a través del Servicio Catalán de Tráfico y País Vasco a través de su Dirección de Tráfico, donde gestionan sus propias sanciones.
En este sentido, si recibe una multa en tu ciudad o en cualquiera de estas comunidades autónomas, directamente puedes dirigirte a estas entidades, quienes te informarán de los pasos para el pago de estas sanciones.
No obstante, en la sede electrónica de la DGT se ofrece valiosa información para saber si tienes alguna multa que haya sido notificada, presentación de un alegato o recurso de la sanción, notificación electrónica de una multa, consulta de puntos o pago de multa, entre otros .
Trámites relacionados con las multas
Los ciudadanos:
Empresas y otras administraciones:
Licencia de conducir
También los carnets de conducir, es una autorización para poder circular por las llamadas vías y carreteras públicas. Está asociado a un número de puntos que, a medida que se menten infracciones, van restándose a su permiso, lo cual pone risego la vigencia de permiso conducir.
Si has perdido todos los puntos de tu carnet de conducir, puedes recuperarlos con los diferentes cursos de reeducación que ofrece la DGT.
Obtención de su carné:
Duplicados, Cambios y Renovaciones:
- ¿Has perdido tu permiso o está deteriorado? ¿Tus datos personales han sufrido algún cambio? Pide tu duplicado.
- ¿Tu coche está próximo a caducar? Renovarlo.
Todos los trámites relacionados con permisos de conducir:
Para empresas y otras administraciones:
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Acceso al servicio:
Misión de la DGT
La DGT tiene como misión satisfacer las necesidades de los ciudadanos disminuyendo el número de víctimas y accidentes de tráfico, garantizando la movilidad mediante una adecuada gestión del tráfico y facilitando la gestión del tráfico.
Para lograr esta misión, la DGT se apoya en cinco valores fundamentales, que son:
- Deudas y derechos compartidos
- Movilidad sostenible
- Usuarios seguros
- Carreteras y entornos seguros
- Vehículos seguros
Áreas de actuación de la Dirección General del Tráfico
Según el Real Decreto Legislativo número 6/2015, de 30 de octubre, la política de seguridad vial de España se rige por la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Este es el marco legal que rige todas las actuaciones de la DGT. En este sentido, en el pasado año 2010 se establecieron las políticas de seguridad vial 2011-2020, donde se establecieron estrategias de seguridad vial también en las orientaciones de la Comisión Europea, con la intención de reducir el número de muertos y heridos graves en un 50 %
De esta forma, la DGT contribuye a la Proclamación de Naciones Unidas sobre la “Década de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020”.
Tareas fundamentales de la DGT
En esta línea de actuación, las políticas de seguridad vial de la Dirección General de Tráfico se enmarcan en las siguientes tareas:
- La protección prioritaria de los usuarios más vulnerables (niños, alcaldes, peatones y ciclistas).
- Fomentar y contribuir a una movilidad segura, manteniendo espacios y entornos seguros movilidad sostenible mejorando la seguridad en las carreteras.
- Fomentar la difusión de la cultura vial entre usuarios y otras instituciones.
- Gestionar la movilidad y el tráfico mediate centros destinamento para tales fines.
- Proporcionar a los usuarios y la ciudadanía en general, información sobre el estado de las carreteras, coordinando la actuación con los diferentes agentes asignados para garantizar la seguridad vial.
- Gestión de asuntos administrativos de vehículos, conductores, sanciones y transportes especiales del gobierno (excepto algunas zonas de Cataluña y País Vasco).
- Promover la investigación interna y externa en temas de seguridad vial.
- Incluyéndose dentro de los riesgos laborales, promover el cumplimiento de requisitos y normas establecidas.
La Dirección General de Tráfico también ofrece una serie de servicios y trámites que están directamente vinculados al usuario y que facilitan la seguridad vial.
Funciones de la DGT
corresponsal de Dirección General de Tráficoa través del cual el Ministerio ejerce sus competencias sobre el organismo autónomo Dirección Central de Tráfico, las siguientes funciones:
- La planificación y programación estratégica del organismo.
- La gestioni de los recursos humanos del organismo, a través de la relación de puestos de trabajo, tanto de personal oficial como laboral, sus retribuciones, y la ejecución de medidas de formación, acción social y prevención de riesgos laborales.
- La gestión presupuestaria y económica del organismo, mediante la elaboración, ejecución y control de presupuestos, así como la gestión de su patrimonio.
- El diseño e implantación de nuevos métodos de trabajo, en la función inspectora del organismo, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros órganos de la Administración General del Estado, en la dirección y coordinación de los programas de calidad, y en la dirección de la unidad de transparencia del organismo.
- La creación de registros informáticos y bases de datos necesarios para el ejercicio de las competencias del organismo, la función de dar soporte en tecnologías de la información a las unidades del organismo, y el impulso, coordinación e implementación de los servicios de administración electrónica.
- La gestión de las tecnologías de la información y las comunicaciones del organismo.
- La elaboración de estudios, propuestas, anteproyectos y proyectos de disposiciones sobre tráfico y seguridad vial y la coordinación con las Entidades Locales respecto de la normativa estatal que afecte.
- La tramitación de procedimientos sancionadores en materia de tráfico, la elaboración de instrucciones en esta materia y procedimientos administrativos conexos, así como la tramitación de recursos administrativos y declaraciones de nulidad y lesividencia.
- La coordinación y el establecimiento de directrices sobre los instrumentos jurídicos de colaboración que firme el organismo, así como la garantía del cumplimiento de los derechos y obligaciones sobre protección de datos personales.
- La elaboración de instrucciones sobre vehículos y los procedimientos administrativos relacionados con el Registro de Vehículos, así como facilitar la implantación del vehículo conectado, el desarrollo de la conducción autónoma y el desarrollo de plataformas tecnológicas para su gestión en el ámbito de las competencias del organismo.
- La regulación, ordenación, ordenación, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías y cruces interurbanos; la implantación, mantenimiento y explotación de los medios necesarios y sistemas inteligentes de transporte, así como propuestas de mejora de la seguridad vial en las vías para reducir la siniestralidad, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- La dirección de los Centros de Gestión de Tránsito y del Centro de Tratamiento Automatizado de Denuncias, así como la resolución sobre la instalación de videocámaras y dispositivos para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en el ámbito de la Administración General del Estado.
- El suministro de información sobre el estado del tráfico en tiempo real e incidencias.
- El establecimiento de las directrices para la formación y actuación de los agentes de la autoridad en materia de tráfico y circulación de vehículos, sin perjuicio de las atribuciones de las Corporaciones Locales, con cuyos órganos se prestará la necesaria colaboración.
- La planificación, elaboración y difusión de estadísticas, indicadores y datos sobre accidentes de tráfico y demás materias incluidas en el ámbito de competencias del organismo, en coordinación con otras unidades. En coordinación con otros órganos con competencias en materia estadística.
- La elaboración y gestión del Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tránsito, asegurando la incorporación de todas las fuentes de información relacionadas con las características de los accidentes y sus consecuencias.
- La elaboración y gestión de planes y estrategias en el ámbito del tráfico y la seguridad vial, tanto generales como específicos de áreas y colectivos específicos, en colaboración con los agentes sociales y las administraciones públicas.
- La elaboración y gestión de las actuaciones para la mejora de la seguridad vial laboral, en colaboración con otras Administraciones Públicas y agentes sociales.
- Los procesos de consulta y participación, a través del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
- El impulso de las actividades promovidas por las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas.
- La elaboración y ejecución de planes de estudio e investigaciones en materia de seguridad vial, factores influyentes e impacto de medidas específicas, en coordinación con el resto de las unidades, las instituciones de carácter científico y técnico y otras Administraciones Públicas competentes.
- La gestión de la educación vial, la formación de conductores, la organización de pruebas de aptitud, incluida la formación de examinadores; la regulación, el registro y el control de las escuelas particulares de directores y de los centros habilitados para la evaluación de las aptitudes psicofísicas de los directores.
- La determinación de los requisitos de aptitud psicofísica para la obtención y renovación de las autorizaciones administrativas para realizar en colaboración con la autoridad sanitaria y de acuerdo con el avance científico y técnico.
- El establecimiento de las directrices básicas para la programación de la educación vial, la formación y la información y divulgación de los usuarios en el ámbito de la seguridad vial, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- La coordinación y el seguimiento de la actividad en materia de relaciones internacionales del organismo. La planificación y desarrollo de los programas de cooperación en Iberoamérica en materia de tráfico y seguridad vial.
- Comunicación y divulgación en materia de tráfico y seguridad vial.
Estructura de la DGT
La Dirección General de Tráfico está integrada por los siguientes órganos, con un nivel orgánico de subdirección general:
- a Secretaría Generalque corresponde a la colaboración con el responsable de la Dirección General para la coordinación entre los distintos servicios centrales y periféricos del organismo y la realización de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al órgano ejecutivo en el los apartados «b», «c» y «d» del apartado anterior.
Cuando se realicen las acciones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al órgano ejecutivo en los incisos “e” y “f”, correspondan, bajo la dependencia de la Secretaría General, a la Gerencia de Informática, la cual tendrá el nivel orgánico que determine la relación de puestos de trabajo. - a Subdirección General de Gestión de la Movilidad y Tecnología a la que corresponde la realización de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al órgano directivo en los párrafos «j», «k», «l», «m» y «n» del partido anterior.
- Él Observatorio Nacional de Seguridad Vial a la que corresponde la realización de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al órgano directivo en los párrafos «o», «p», «q», «r», «s», «t», « u» e «y» del apartado anterior.
- a Subdirección General de Formación y Educación Frasco a la que corresponde la realización de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al órgano directivo en los párrafos «v», «w» y «x» del partido anterior.
a Unidad Normativa, dependiente directamente de la persona titular del organismo, realiza las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones de los apartados «g», «h» e «i». Atenderá al nivel orgánico que determina la relación de puestos de trabajo.
Asimismo, las funciones de los incisos «a» y «z» se ejercen bajo la dependencia directa del titular del organismo.
La creación de la DGT se fundamenta en la legalidad del artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Destaca la especial relación que la DGT mantiene con la Guardia Civil y que, el artículo 6 de la Ley de Tráfico indica que “para el ejercicio de las competencias en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y seguridad vial actuarán las Fuerzas de la Guardia Civil, especialmente su agrupación de Tráfico, que a estos efectos dependen de la Jefatura Central de Tráfico».
La DGT cuenta para ofrecer un mejor servicio con una flota de Helicópteros de 21 unidades de los modelos E135, AS-355N/NP y EC120, que se ubican en las bases de Madrid, Valencia, Zaragoza, Málaga, Sevilla, Valladolid y A Coruña .